Declaración anticorrupción

Todos los solicitantes de empleo serán evaluados y seleccionados de acuerdo a sus habilidades, calificaciones y habilidades relacionadas con el trabajo. Las decisiones basadas en atributos no relacionados con el desempeño en el trabajo constituyen una discriminación ilegal y están prohibidas. Sin embargo, buscamos entender dónde los candidatos tienen relaciones preexistentes con funcionarios gubernamentales y conflictos de intereses reales o percibidos. Esto es para asegurar que los conflictos de interés se eviten a través de la asignación informada y conocida de las tareas de trabajo y mediante la supervisión o la segregación de las funciones de los empleados si se identifica un conflicto de intereses.

Para los propósitos de este documento, la definición de funcionario del gobierno se alinea estrechamente con la definición de South32 como sigue:

  • Cualquier funcionario o empleado de un gobierno u organización internacional pública o cualquier departamento o agencia de la misma, cualquier entidad propiedad del gobierno o controlada (incluyendo empresas estatales);
  • Cualquier persona que actúe en una función o capacidad oficial de un gobierno o una organización internacional pública;
  • Cualquier funcionario de partido político, portador de oficina o candidato
  • Cualquier persona que desempeñe los deberes de una cita, cargo o encargo por costumbre o convención, incluyendo, potencialmente, algunos líderes indigenas;
  • Cualquier persona que se considere el intermediario autorizado de un funcionario del gobierno